Autores
Paula Ameijeiras Abeigón

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Este artículo forma parte de Empresa Global
Nº 136 - Enero 2014

La Circular n.º 4/2012, de 25 de abril1, (en adelante, la "Circular") obliga a las personas físicas y jurídicas (públicas o privadas) residentes en España, distintas de los proveedores de servicios de pago inscritos en los registros oficiales, a declarar al Banco de España las transacciones realizadas con no residentes (actos, negocios y operaciones que supongan -o de cuyo cumplimiento puedan derivarse- cobros, pagos y/o transferencias exteriores, así como variaciones en cuentas o posiciones financieras deudoras o acreedoras) y los saldos de activos o pasivos que mantengan frente al exterior, si los mismos alcanzan determinado umbral.

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